NÓMINA


El artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores regula la liquidación y pago del trabajador.
Así, el trabajador tiene derecho a cobrar con puntualidad una vez al mes, por transferencia. También tiene derecho a pedir anticipos a cuenta del trabajo ya realizado.
Asimismo, las cantidades han de separarse entre percepciones y deducciones para la posterior evaluación de la misma y comprobar si se esta cobrando bien o no.
Por ello, la nómina es el documento con validez legal que refleja por escrito el salario de los trabajadores. Aquí tenéis un link para ver el modelo modelo oficial de nómina BOE 2014.
En una nómina podemos diferenciar tres partes:

➤ DEVENGOS
Corresponde a aquello que ganamos, constituyen nuestras retribuciones brutas. Y pueden ser:

  • Percepciones salariales
  • Percepciones extrasalariales

➤DEDUCCIONES
Corresponde a aquello que nos descuentan.

  • Seguridad Social
  • Hacienda. IRPF.
➤LIQUIDACIÓN
Es la resta entre lo que ganamos( el total devengado) menos lo que me descuentan (el total a deducir). El resto es lo que cobramos, las retribuciones netas.

















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