DERECHO LABORAL



El derecho constituye un conjunto de normas que surgen ante la necesidad de resolver un conflicto social, y es de carácter obligatorio. De este modo, el derecho laboral es el conjunto de normas jurídicas encaminadas a resolver conflictos sociales derivados del trabajo. 
Así, trabajo es la actividad humana que supone un esfuerzo y que debe cumplir los siguientes requisitos:
  • Trabajo personal: no es sustituible, se contrata a una persona concreta y determinada para realizar un determinado trabajo.
  • Trabajo voluntario: el trabajador no puede estar obligado en contra de su voluntad a realizar ese trabajo.
  • Trabajo por cuenta ajena: el trabajador realiza un trabajo no para sí mismo, sino para otro, que es el empleador o empresario.
  • Trabajo retribuido:es la esencia del trabajo, el trabajador vende su esfuerzo a cambio de una retribución.
  • Trabajo subordinado:el trabajo debe hacerse según las normas y directrices del empresario, quedando el trabajador subordinado bajo las mismas.
⧫Principio de supremacía de la realidad, en caso de discordancia entre lo que ocurre en la práctica y lo que surgió de documentos o acuerdos, debe darse preferencia a lo primero. Ya lo decían los romanos, "los contratos son lo que son con independencia de cómo queramos llamarlos".

⧫Asimismo, nos encontramos con relaciones que pudieran parecer "laborales", pero que no lo son y que, por tanto, quedan excluidas del Derecho Laboral. Nadie puede negar que el estudio sea un trabajo pero no se nos ocurre que este quiera reclamar su defensa de normas laborales.

⧫Por otro lado, hay otra serie de relaciones que sí son laborales pero que por tener unas características especiales no están reguladas por el ET sino que siguen unas normas laborales específicas. Es el caso de deportistas o el trabajo domiciliario, distintos de una relación laboral normal.

⧫Asimismo, aquellos trabajadores que son funcionarios públicos, tienen regulado su trabajo por el Derecho Administrativo.


En lo sucesivo, nos centraremos en el Derecho del Trabajo básico aplicable a la relación laboral ordinaria.

➤CONTENIDO DEL DERECHO DEL TRABAJO
  • Aspecto sustantivo del trabajo o conjunto de normas que regula los conflictos laborales entre empresario y trabajadores y ante una discordancia señala quien de ellos tiene la razón en el conflicto laboral. Puede ser individual, cuando se da entre un trabajador y un empresario y se articula en torno al contrato de trabajo; o colectivo, cuando se da entre un empresario y un colectivo de trabajadores, quedando articulado en torno al convenio colectivo.
  • Aspecto procesal del trabajo o conjunto de normas a seguirse para la resolución del conflicto laboral, como la planteada por la reclamación ante juzgados y tribunales.
  • Derecho de la Seguridad Social o conjunto de normas que regulan cuestiones en relación con la Seguridad Social. Se da cuando no se puede trabajar y se necesita de prestaciones para hacer frente a esa contingencia.

➤PRINCIPIO DE IRRENUNCIABILIDAD DE DERECHOS DEL TRABAJADOR

Carece de validez la renuncia del trabajador a sus derechos. Si se produjese un caso en que la empresa presionase al trabajador a renunciar a cualquier derecho que le corresponda, aunque esto se diese, el trabajador continua teniendo los derechos que le corresponden.

➤DERECHO DEL TRABAJO COMO DERECHO PROTECTOR DEL TRABAJADOR
Partiendo de la base de que la relación laboral establecida entre un trabajador y el empresario se produce en una situación desigual de poder, siendo el trabajador la parte mas débil y el empresario la parte mas fuerte de la ecuación, el derecho laboral establece normas con carácter protector hacia el trabajador como parte más vulnerable de la relación laboral.
Ahora bien, esta normativa protectora es variable. Y es que, actualmente, la relación laboral evoluciona hacia un carácter cada vez menos protector de cara hacia el trabajador para favorecer el empleo. Sucede que una normativa muy protectora para el trabajador, favorece al que tiene trabajo pero dificulta la contratación para aquellos que están en su búsqueda. Sin embargo, dándose una normativa menos protectora aumenta el empleo pero también proliferan precisamente, los malos empleos.

De ahí, la importancia de desarrollarme como el producto que soy en el mundo laboral. Si soy un productito , no tendré mas que atenerme a las mínimas condiciones de trabajo y asumir los peores empleos. En cambio, si logro convertirme en un PRODUCTAZO, el que haya mucha o poca protección laboral no me afectará de igual modo puesto que en este caso, seré un producto necesario, único y demandado, con lo que tendré la ventaja de poder negociar mis propias condiciones laborales. 

Además conviene adaptarse al nuevo entorno actual, donde cada vez se dan menos los trabajos convencionales y proliferan aquellos a tiempo parcial. El concepto de Gig economy, viene a explicar este concepto de nueva situación laboral en que seremos contratados para trabajos puntuales y esporádicos en que se hace difícil ganarse la vida y mantener cierta estabilidad.   










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